Régimen Académico Institucional

 RÉGIMEN ACADÉMICO INSTITUCIONAL

Visto:

            El Régimen Académico Marco (Resolución Nº 1066 CGE-Grabado Nº 986741) para todos los Institutos de Educación Superior dependientes del CGE, tanto de gestión estatal como privada de la provincia de Entre Ríos aprobado en Paraná el 14 de abril de 2009,

y considerando:

             La necesidad de dinamizar las estructuras institucionales y la presencia de nuevas modalidades pedagógicas en la enseñanza, aprendizaje y formas de evaluación.

             Que es importante prever la flexibilidad en el cursado y en la acreditación de distintas unidades curriculares.

             Que la implementación de nuevos diseños curriculares para la formación docente y tecnicaturas implica adaptar regulaciones a las exigencias de una renovada educación superior.

             Los aportes realizados por alumnos y docentes en el día institucional del 15 de agosto de 2012 para el tratamiento y actualización del Régimen Académico Institucional del IESSE.

             Que los Consejos Directivos de los Institutos Superiores Estatales o Privados deben adecuar el Régimen Académico Marco y elaborar su propio Régimen Académico Institucional y elevarlo como propuesta a la DES,

               El Consejo Directivo del Instituto de Educación Superior Santa Elena resuelve aprobar por ACTA Nº 16 de fecha 01 de octubre de 2012  según consta en LIBRO DE ACTAS las modificaciones al “REGIMEN ACADEMICO INSTITUCIONAL del IESSE”


I. AMBITO  DE  APLICACION 

               El presente Régimen se aplicará en todas las carreras que se cursen en el Instituto de Educación Superior Santa Elena.

 

II. INGRESO

     Son requisitos para ingresar al  Instituto de Educación Superior  Santa Elena los siguientes:

 –          Los alumnos/as deberán presentar en tiempo y forma toda la documentación personal requerida por la Institución:

Documentación Solicitada para el Ingreso

  • Fotocopia de 1º y 2º hoja del DNI.
  • Fotocopia autenticada de Título de Enseñanza Secundaria/Polimodal o constancia de título en trámite.
  • 2 fotos color de 4 x 4.
  • 1 carpeta de tres solapas para el legajo del alumno.
  • Ficha Médica

–          Al ingresar a este Instituto los alumnos/as podrán adeudar hasta 2 (dos) materias correspondientes a la Educación Secundaria, debiendo acreditar su aprobación al iniciar el segundo cuatrimestre (agosto) del primer año académico de la carrera que estén cursando.

–          La no presentación de la culminación de sus estudios secundarios hará que el alumno/a no pueda avanzar en los estudios terciarios, no computándose el cursado y aprobación de evaluaciones parciales que hubiere realizado a la fecha.

–          Los alumnos que ingresen adeudando materias del ciclo secundario firmarán un acta declarando las materias adeudadas y el conocimiento de esta  cláusula.

–          Cada período académico según calendario escolar los alumnos tendrán la obligación de inscribirse para cursar o presentarse a examen en la/as asignaturas que corresponda.

–          Asimismo  los alumnos/as que así lo deseen podrán solicitar su inscripción como alumnos/as libres en las asignaturas que ADMITAN LA CONDICIÓN DEL CURSADO EN FORMA DE ALUMNO LIBRE.

–          En función de las características de las ofertas educativas podrán ser solicitados otro/s requisito/s no estipulados en el presente Régimen.

–          Será condición sine quanon para cursar cualquier carrera la presentación en tiempo y forma de la documentación requerida para cada carrera.


III-TRÁMITES DE EQUIVALENCIAS

 a)    Nuestro Instituto alumnos/as que provienen de otras Instituciones Educativas o que han comenzado algún trayecto universitario sin haberlo terminado o que han cursado otras carreras en esta Institución. Estos alumnos podrán solicitar que se les otorgue aprobación parcial o total por equivalencia de asignaturas que coincidan con la carrera que están cursando.

 b)    Para ello será necesario presentar antes del 30 de abril del año académico en curso correspondiente, la FICHA DE SOLICITUD DE HOMOLOGACIÓN, fotocopia de los programas de las asignaturas solicitadas debidamente autenticadas, y certificación que acredite su aprobación.

 c)    Una vez presentada  la documentación pertinente a la Secretaría Académica, ésta la entregará al docente titular de la cátedra quien cotejará los contenidos presentados con los propuestos en su asignatura y determinará la aprobación total o parcial de la misma.

 d)    Si obtuviese equivalencia parcial, el alumno/a deberá completar la asignatura con asistencia a clases y/o Trabajos Prácticos y/o rendir examen de los contenidos programáticos faltantes,  a efectos de regularizar los mismos o  de obtener la aprobación final de la asignatura.

 e)    El Régimen de Correlatividades será expuesto en cartelera al inicio de clases y será el establecido en cada Plan de Estudios.

 

IV-  CONDICIONES  ACADÉMICAS  Y  MODALIDADES  DE  CURSADO

        En un todo de acuerdo con la normativa vigente, los alumnos de este instituto podrán ser admitidos en las siguientes condiciones:

-ALUMNO/A  REGULAR

-ALUMNO/A  LIBRE

-ALUMNO/A  ESPECIAL

 

ALUMNO/A  REGULAR

-Llámase alumno regular a aquel que asiste diariamente al instituto a fin de participar del desarrollo de cada obligación académica.

-Deberá  estar inscripto y matriculado en el período correspondiente.

-Una materia se considera REGULARIZADA cuando se ha aprobado todas las instancias de evaluación propuestas para la asignatura con nota seis (6) y se está en condiciones de rendir examen final.

-La regularidad en cada asignatura se mantiene por dos años académicos después de cursada y regularizada la misma, para la instancia de cierre y acreditación. Para ello se le brindarán al alumno siete (7) turnos o mesas de exámenes finales a los largo de dicho período.

-Vencido este plazo el alumno/a perderá la condición de regular y deberá rendir la asignatura en condición de libre, durante un año académico, de lo contrario deberá recursar la unidad académica.

-En el caso de carreras a término, se le garantizará al alumno los 7 turnos y concluido este plazo, tendrá un año académico, para rendir en condición de alumno libre.

 

ACREDITACION DE LAS ASIGNATURAS EN CONDICION DE ALUMNOS REGULARES

POR PROMOCION DIRECTA:

-La Promoción Directa sólo tiene vigencia durante el ciclo lectivo en que se curse la asignatura, vencido dicho período el alumno/a pasa al carácter de alumno/a con Examen Final.

-Podrán acceder a la Promoción directa los alumnos/as que reúnan los siguientes requisitos:

  • Asistencia a un 80%  como mínimo de las clases presenciales en todos los casos.
  • Aprobación de todas las instancias de evaluación propuestas por cada cátedra, las que deberán contar con un mínimo de dos (2) Parciales y los Trabajos Prácticos  establecidos por cada cátedra por año.
  • Todas las instancias de evaluación deberán ser aprobadas con un promedio no inferior a  8 (ocho).
  • Los Parciales tendrán un periodo de recuperación en el mes de noviembre de cada año escolar.
  • Desde las cátedras podrá proponerse una instancia de integración, modalidad anticipada en el proyecto de cátedra y dada a conocer a los alumnos/as al inicio del año escolar.
  • Sólo podrán promocionar las asignaturas establecidas, habiendo aprobado la correlativa anterior.

 POR EXAMEN FINAL:

Las condiciones para acceder a Examen Final son las siguientes:

¨       Asistencia a un 70%  como mínimo de las clases presenciales. con presentación de certificado de trabajo o enfermedad y/o embarazo accederá con el 60%. El certificado deberá ser original o fotocopia autenticada en presencia del personal de Preceptoría y deberá estar SIN ENMIENDAS.

¨       Presentación y aprobación de los Parciales y/o Trabajos Prácticos propuestos por la cátedra con nota no inferior a seis (6)

¨       Los alumnos/as que pierdan la condición de regulares por no haber aprobado los parciales, los Trabajos Prácticos o por no haber reunido las condiciones de asistencia, deberán rendir como alumnos libres, mediante un examen final escrito y oral, ambas instancias eliminatorias. La nota final se obtendrá promediando ambas instancias siempre que hayan sido aprobadas con nota no inferior a seis (6), si desaprobara una de ellas se consignará la correspondiente a la instancia desaprobada.


ALUMNO LIBRE:

           Llámase alumno libre a aquél que:

-se inscribe como tal en la asignatura o que habiéndose inscripto como regular, no cumplimentó los requisitos establecidos.

-por inasistencia o no aprobación de las instancias de evaluación propuestas por cada cátedra o por haber agotado los plazos establecidos para aprobar por Examen Final, perdió su condición de regular.

-Podrá cursar las asignaturas que no formen parte del campo específico de ninguna carrera.

-No está obligado a asistir a clases, aunque está facultado para hacerlo cuantas veces lo desee.

-El examen final consiste en  un examen  escrito y oral, ambas instancias eliminatorias. La nota final se obtendrá promediando ambas instancias siempre que hayan sido aprobadas con nota no inferior a seis (6), si desaprobara una de ellas se consignará la correspondiente a la instancia desaprobada.

-Estos exámenes se rinden sobre la totalidad de los contenidos propuestos por cada profesor en su proyecto de cátedra.

-Los docentes en sus proyectos de cátedra determinarán cuales serán las instancias de acompañamiento de los alumnos inscriptos en condiciones de libres. Como así también la exigencia de cumplimentar algún otro requisito para acceder al examen final dándolo a conocer al inicio del año escolar.

 

ALUMNOS ESPECIALES:

-Son aquellos alumnos/as que sin estar inscriptos en una carrera que ofrezca la institución, cursan como alumno/a regular una o varias asignaturas de ese plan de estudios, cumplimentando  los requisitos establecidos para alumnos regulares.

-Podrán hacerlo los profesionales docentes y no docentes titulados que se interesen por la formación y desarrollo profesional en una o varias áreas de formación que ofrezca la Institución, que estén desempeñándose en la docencia o en el campo profesional de las carreras ofrecidas.

-Para la acreditación deberán cumplir con los requisitos establecidos para  los alumnos regulares, no pudiendo rendir en condiciones de alumnos libres.

-Se les extenderá un certificado de aprobación, donde figurará la denominación de la unidad curricular cursada y aprobada., la cantidad de horas académicas, la calificación obtenida y se mencionará la Resolución. 1066/09.

-Será limitante el espacio físico y si la matriculación original supera los 30 (treinta) alumnos.

 

V- MESAS  EXAMINADORAS:

-Los exámenes finales se toman en las llamadas “Mesas de Examen Final” las que son establecidas por Calendario Escolar para la Enseñanza Superior.

-Los alumnos deberán presentarse munidos de:

       a) Formulario de inscripción

      b) Libreta del estudiante

      c) DNI (en caso de que no tenga la Libreta del Estudiante)

 -Concurrir al horario establecido para el inicio de los exámenes.

-Las mesas examinadoras estarán constituidas por tres docentes y/o profesionales, con la presencia obligatoria del titular de la cátedra, si su ausencia fuera insalvable presidirá el tribunal un directivo de la Institución.

-La inscripción se realiza los cinco (5) últimos días hábiles anteriores a cada período de exámenes.

-La inscripción a las mesas de exámenes se realizará de manera personal y en la institución en los horarios establecidos para tal fin u on line (cuando fuera así establecido) a través de la página del Instituto debiendo confirmar dicha inscripción de manera personal. Si no se confirmara dicha inscripción, el alumno no será considerado como inscripto para la mesa de examen.

-La calificación aplicada por un tribunal es definitiva e inapelable.

-Si el tribunal examinador no se constituye hasta una hora después de la fijada para el inicio del examen, el Equipo de Conducción dispondrá en consecuencia.

-Si debido al número de alumnos inscriptos en una mesa de examen hace que ésta no pueda finalizar en la fecha prevista, el tribunal podrá pasar a cuarto intermedio hasta 48 hs. hábiles posteriores. Si otras razones hacen necesario un período mayor, éste será autorizado por el Equipo de Conducción.

-Si un alumno se inscribe  a un Examen Final  sin presentarse perderá la  posibilidad de inscribirse en el próximo llamado.

-El alumno/a tiene derecho a borrarse en la/s mesas de exámenes con 48 hs de  antelación a la fecha establecida.

-En todas las instancias de evaluación la escala de calificación se expresará según la siguiente escala:                     

 

ESCALA NÚMERICA

ESCALA    CONCEPTUAL

10

Sobresaliente

9

Distinguido

8

Muy Bueno

7

Bueno

6

Aprobado

1 a 5

Insuficiente

 

– El alumno/a que adeude una última asignatura para graduarse podrá solicitar por escrito fecha especial de examen, siendo esta posible sólo:

           . En tres (3) ocasiones

           . A los treinta (30) días siguientes a la fecha del examen reprobado

           . Durante dos (2) años posteriores al cursado si es regular y durante  cinco (5) llamados consecutivos más en condición de libre.

 

–          Los alumnos/as  deberán cumplir con el régimen de correlatividades vigentes para cada carrera, su no cumplimiento será observado y sancionado con la suspensión de inscripción para el próximo llamado.

 -El Consejo Directivo atenderá y determinará ante casos excepcionales debidamente justificados los requisitos que deberá cumplir un alumno/a para acceder a esta condición de excepcionabilidad:

           .  Estar inscripto y matriculado como alumno regular

           . Exceder el 60% de asistencia establecida como mínimo porcentaje de asistencia a clases presenciales.

 

VI- DE LOS EXAMENES Y CERTIFICADOS MÉDICOS:


a)    La presentación de un certificado médico para justificar la inasistencia a un parcial, le otorga derecho al alumno de realizar el recuperatorio correspondiente. No le otorga la posibilidad de un nuevo examen. Cada docente deberá recibir y guardar los certificados médicos que los alumnos le presenten por sus inasistencias a clases.

 

b)     Para los exámenes finales, el certificado deberá  presentarse en el día que el alumno rinde examen final, en el transcurso en el cual se está desarrollando la mesa antes de su finalización. El certificado debe presentarse en el Instituto, por el alumno o quien lo represente. En ese caso el alumno pierde la mesa pero no el turno siguiente.

c)    El certificado de trabajo reduce la exigencia del cursado (le permite tener el 60% de asistencia a cada cátedra) pero no implica modificaciones en las exigencias de los exámenes, ni implica el derecho a pedir cambio en los horarios del cursado de las cátedras.

 

d)    Los recuperatorios se tomarán al final del año para permitir la continuidad del dictado de clases y evitar que el alumno que no apruebe deje de asistir a clases.

 

e)    El alumno tiene derecho a acceder a un tercer parcial con posibilidad de promoción directa, siempre y cuando en los parciales precedentes  hayan aprobado con un mínimo de 6 o más, sin recurrir al recuperatorio

 

f)     Los acuerdos particulares entre docentes y alumnos que contradigan las normativas vigentes y el presente régimen no serán reconocidas por las autoridades del Instituto.

 

g)    Todo tipo de comportamiento inadecuado por parte de un estudiante deberá ser dejado por escrito en un acta e informado al Consejo Directivo para su correspondiente llamado de atención.


 VII. DE LOS DOCENTES

 a)    El personal docente de  esta institución se encuentra enmarcado en el Régimen Unificado de Licencias e Inasistencias, Decreto 5923/00 MGJE y modificatorias.

b)    Es responsabilidad del docente arbitrar los medios necesarios que le permitan cumplir con los articulados de la norma referente.

c)    En caso de tener que tramitarse una FU, en cualquiera de sus tipos, deberá presentarse toda la documentación por duplicado a Secretaria.

d)    De tratarse de una DESIGNACION deberá adjuntarse al trámite PLANILLA DE INCOMPATIBILDAD DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADA.

e)    Si se tratara de la LA Art. 14, cuidado de familiar enfermo deberá adjuntarse la DECLARACION JURADA DE FAMILIARES A CARGO CORRESPONDIENTE.

f)     La no presentación en tiempo y forma de la documentación requerida para justificar una inasistencia del docente conducirá a la aplicación de los pasos mencionados por la normativa mencionada sin excepción.

g)    Es responsabilidad de los docentes que conforman un tribunal examinador, que la documentación de las actas de exámenes esté debidamente confeccionada.

h)    Es responsabilidad exclusivamente de los docentes la presentación en tiempo y forma de las planificaciones de sus cátedras a la Secretaría Académica.

i)      Es responsabilidad del Equipo de Conducción transmitir a los docentes la información emanada de la DES.  Dicha notificación se realizará  por dos vías: correo electrónico y el cuaderno de notificaciones. Es responsabilidad de cada docente leer la información  que se brinda.


IX -OTRAS OBLIGACIONES Y DERECHOS:


–                     Los profesores deberán labrar actas en “Libro de Actas” de las evaluaciones finales de alumnos promocionales, talleres, coloquios finales integradores, etc. En la cual constará la firma del docente a cargo de la cátedra, independientemente de la entrega de Planilla de notas.

 

–                     Los alumnos que han promocionado directamente la materia también deberán inscribirse para Mesas de Exámenes.

 

–                     Las alumnas embarazadas deberán presentar certificado médico que acredite el estado de gravidez con fecha probable de parto. Tendrán derecho a mantener la regularidad de la asignatura, podrán cursar las clases teóricas pero no realizarán prácticas que pongan en riesgo su embarazo.  Deberán realizar la parte práctica una vez presentada el alta médica.  Se habilitarán  fechas y mesas especiales a tal efecto.

 

–                     Los alumnos/as deberán realizar un aporte mínimo ante gastos administrativos requeridos como: entrega de constancia, certificados y trámites de todo tipo.

 

–                     Los alumnos de todas las carreras deberán abonar un aporte mínimo mensual en concepto de cooperadora, ya que el IESSE no recibe aportes del Estado destinado a la limpieza, y pagar el seguro escolar en caso de que el Estado no lo cubra. Dicho aporte será recibido por la Preceptoría.

 

–                     Los títulos se confeccionarán dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la aprobación de la última materia y su certificación ante el Consejo General de Educación podrá demorar otros 30 (treinta) días hábiles más.

 

–          En el caso de trabajos finales, el plagio y la utilización de material no original, sin indicación expresa de su procedencia, podrá ser causal de calificación en suspenso, sin perjuicio de que pueda derivar en sanción académica.

 

–          Todo integrante de la Comunidad Educativa debe:

 

  • Observar un comportamiento correcto y de respeto mutuo que contribuya a la convivencia armónica.
  • Cuidar y hacer buen uso de los bienes muebles e inmuebles del IESSE y del predio de la Villa Universitaria.
  • Evitar comer,  beber  y tomar mates en el Gabinete de Informática para resguardar los equipos.
  • Alegar conocimiento del presente Régimen Académico Interno. La falta de conocimiento de este Régimen no lo eximirá de su cumplimiento.
  • Si un alumno incumpliere cualquiera de los puntos mencionados en el presente Régimen Académico Interno será pasible de un llamado de atención que se realizará en un cuaderno destinado a tal fin. En el caso de los docentes se procederá según las normativas vigentes que lo encuadran.
  • Todos los integrantes de la comunidad educativa tienen derecho a participar de las actividades culturales y servicios extra-curriculares que se brinde.

 X- DISPOSICIONES FINALES:

 

–          Queda terminantemente prohibido el dictado de clases y/o la toma de parciales o finales fuera del ámbito del Instituto y de los horarios de clases pactados SIN LA DEBIDA AUTORIZACIÓN DEL EQUIPO DE CONDUCCIÓN DEL INSTITUTO.  Cualquier situación que contradiga este punto deberá  ser comunicada con anticipación a las autoridades del Instituto.

 

–          Todo reclamo por parte de los alumnos y docentes deberá ser presentado por nota al Consejo Directivo quien estimará si responde la nota o lo eleva a las autoridades de la DES.

 –          La adulteración de la libreta del estudiante, los exámenes, los certificados médicos y toda documentación pública será pasible de un llamado de atención.

 

      –   Cada carrera tendrá su propio abanderado y escoltas que deberán representar al   IESSE en forma alternada en las ocasiones que así lo requieran.

      –  Los criterios a tener en cuenta para la elección de los abanderados serán los          siguientes:

 

  • Aspectos Actitudinales: conducta adecuada acorde a un futuro egresado dentro y fuera del IESSE en todos los eventos que organice las carreras y en todos los eventos en que el alumnado deba representar al Instituto. Promover  la  buena conducta y valores en general: solidaridad entre pares, defensa y promoción de la salud física y mental, la competencia sana y la defensa de la vida, la colaboración para toda otra tarea que organice el IESSE. 
  • Aspectos Académicos: este aspecto es tan importante como el primero. Se tendrán en cuenta los siguientes aspectos en el siguiente orden:

1)           No tener ningún llamado de atención por el no cumplimiento de algunos de los puntos de los aspectos actitudinales mencionados anteriormente.

2)           Cantidad de materias aprobadas.

3)           Promedio general.

  • Portar la Enseña Nacional representando al IESSE significa un honor y una responsabilidad por parte de los alumnos que fueran merecedores de tal distinción.  Los alumnos que resulten elegidos abanderados y escoltas serán notificados por escrito al comienzo de cada año lectivo y en ocasión de representar al Instituto en actos y eventos oficiales.  Si los alumnos no se presentaren serán reemplazados por alumnos de otras carreras que cumplan con los mismos requisitos.   En el caso de que un alumno no se presentare cuando fuera convocado en más de dos oportunidades, perderá el derecho a portar la Bandera Nacional del IESSE y se convocará a quien le suceda.

 

–          Queda derogada toda norma que se oponga al  presente Régimen Académico Institucional, el mismo se aplicará ad-referendum de aprobación definitiva de la Dirección de Educación Superior del Consejo General de Educación a partir de la aprobación del CONSEJO DIRECTIVO del IESSE.

 

–          Todos los casos que no estén contemplados en el presente Régimen Académico  Interno serán evaluados por el Consejo Directivo del Instituto, siendo el presente de conocimiento público.

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                             

Santa Elena, octubre de 2012.